lunes, 26 de noviembre de 2012
viernes, 23 de noviembre de 2012
IMPORTACIONES.(cartilla de impor.)
VÍDEO PROCESO DE IMPORTACIÓN
QUE ES UNA IMPORTACIÓN.
la importación es el transporte legítimo de bienes y
servicios nacionales exportados por un país, pretendidos para el uso o consumo
interno de otro país. Las importaciones pueden ser cualquier producto o
servicio recibido dentro de la frontera de un Estado con propósitos
comerciales. Las importaciones son generalmente llevadas a cabo bajo
condiciones específicas.
Las importaciones permiten a los ciudadanos
adquirir productos que en su país no se producen, o más baratos o de mayor
calidad, beneficiándolos como consumidores. Al realizarse
importaciones de productos más económicos, automáticamente se está librando
dinero para que los ciudadanos ahorren, inviertan o gasten en nuevos
productos, aumentando las herramientas para la producción y la riqueza de la población. Pero
por otro lado, también esto pone en competencia a la industria local, con industrias
extranjeras que podrían tener mejores condiciones de producción (Como una
población laboral altamente calificada, mayor desarrollo tecnológico y mejor
infraestructura) o costos menores(Por el pago de bajos salarios), según algunos
economistas, perjudicando la economía interna en su mercado laboral.
RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN
Mediante Decreto de gabinete Nº 41 en su articulo en mención nos dice:
ARTICULO 114-.
La importación es el régimen aduanero colombiano que consiste en introduccir
legalmente al territorio aduanero de la república productos procedentes del exterior o de zona o puertos libres debidamente establecidos en panamá. las mercancías extranjeras que ingresen al territorio aduanero de la república estarán sujetas al impuesto indirecto que se denomina de importación, cuya tarifa es regulada por normas especiales de aranceles. A los efectos de los regímenes aduaneros, se considera iniciada la operación de importación con el embarque de la mercancías en el país de origen o de procedencia, acreditada mediante mediante el correspondiente conocimiento de embarque. La importación de mercancías podrán efectuarse a través de cualquier medio de transporte habilitado de uso comercial, incluyendo ductos, oleoductos,gasoductos,poliductos o instalaciones fijas de bombeo mediante tuberías o por medio de cables; pudiendo estas mercancías estar sometidas a características técnicas especial.
RÉGIMEN DE LICENCIA PREVIA: es modalidad que están incluido principalmente los productos químicos para el tratamiento de narcóticos el principal de objetivo de la licencia previa es permitir al estado efectuar controles sobre las importaciones de proteger las industrias nacionales colombianas.
RÉGIMEN LIBRE IMPORTACIÓN: se define como la mercadería que se puede ingresar en un territorio aduanero colombiano ya que no requiere de ningún documento aduanero solo se necesita un registro de importación y una licencia automática.
RÉGIMEN DE PROHIBIDA IMPORTACIÓN: Es la imposibilidad jurídica que se establece para la importación de determinados bienes, los que, por razones de índole diversa están contenidos en listas de prohibida importación.
MODALIDADES DE IMPORTACIÓN
Son las diferentes formas de declarar la mercancía objeto de importación e indican si la misma queda sujeta a restricciones aduaneras una vez haya obtenido el levante, o si por el contrario, quedan en libre disposición. De esta forma, dependiendo de las transacciones comerciales que realice el importador, podrá acogerse a la modalidad de importación que más se ajuste a sus necesidades y las de sus proveedores en el exterior. Nuestra Legislación colombiana completa diferentes modalidades para introducir al país mercancía de procedencia extranjera las cuales tenemos.
TIPOS DE IMPORTACIONES
- Importación ordinaria
- Importación con franquicia
- Re importación de mercancías en el mismo estado
- Re importación de perfeccionamiento pasivo
- Importación en cumplimiento de garantía del proveedor
- Importación temporal para importación en el mismo estado
- Importación temporal de corto plazo
- Importación temporal de largo plazo
- Importación temporal de mercancía en arrendamiento leasing
- Importación temporal de vehículos de turistas
- Importación temporal para perfeccionamiento activo
- Importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital
QUIEN PUEDE SER IMPORTADOR
Garantiza el derecho de toda persona natural o jurídica a
realizar operaciones de comercio
exterior en ese sentido. Cualquier persona natural o jurídica puede importar
señalando su registro único de contribuyente (RUC).
Excepcionalmente, no requerían RUC,
las personas naturales que realizan en forma ocasional importaciones de
mercancía, cuyo valor FOB, por operación no exceda de los mil dolores
americanos (US $ 1000) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales
como máximo y por las que única vez realicen importaciones cuyo valor FOB no
supere los tres mil dolores americano (US $ 3000) De otro lado, las personas
naturales pueden tramitar personalmente la importación en la aduana que: tengan
un RUC. Cuando el valor FOB de la mercancía no supero los US $ 2000.
QUIENES PUEDAN ADELANTAR LOS TRAMITES
PROPIOS DE UNA IMPORTACIÓN ANTE AL DIAN.
Las agencias de la Aduana
Los UAP (usuarios permanentes)
LATEX (altamente exportadores)
Agente estatales territoriales
¿QUE SE PUEDE IMPORTAR?
Se puede importar toda clase de mercancía, no pueden ser importadas al
amparo del régimen aduanero especial las armas publicación publicaciones que
atenten contra la moral y las buenas costumbres, productos precursores en la
elaboración de narcóticos.
Estupefacientes o drogas no autorizadas por el ministerio de protección social,
cuya importación se encuentren prohibidas por el artículo 81 de la constitución
política o por con veníos internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia
y mercancías que tengan restricciones legales o administrativas, salvo que
tengan restricciones legales o
administrativas salvo que sea acredite en cumplimiento de los requisitos pertinentes.
¿POR DONDE PUEDEN INGRESAR LAS MERCANCÍAS
IMPORTADAS?
Por la zona primaria aduanera,( aeropuertos y puertos) autorizados por la
DIAN.
¿CUALES SON LOS DOCUMENTOS NECESARIOS PARA
LA IMPORTACIÓN?
Factura comercial
Registro o licencia de importación, si se requiere
Declaración de importación
Declaración and na del valor en aduana, di de requiere
Lista de empaque
Certificado de origen (según el producto y el origen)
Documento de transporte (guía Aérea- conocimiento de embarque)
Certificado póliza de transporte seguro
Otros
certificados o vistos buenos, si se requieren.
QUE SON A LAS IMPORTACIONES
De acuerdo con la SE, los cupos de
importación y exportación han sido en los tratados comerciales internacionales
como mecanismos para preferencia la importación y exportación de mercancías
que interesan a las partes que celebran el tratado.
En México, con la aplicación de los cupos de
importación, se permite la entrada de mercancías a territorio nacional mediante
un arancel normal o preferencial como sea necesario para proteger a una cadena
productiva determinada.
El cupo de exportación es
aplicado por otras naciones en términos de los tratados internacionales, lo que
propicia la oportunidad para que las mercancías
nacionales lleguen a los mercados exteriores en condiciones prefe-renciales
frente a competidores de otros países, ya sea por medio de un arancel menor o
por el acceso al mercado que puede ser limitado para terceros
CARTILLA DE IMPORTACIÓN.
( es muy importante esta cartilla ya que contiene mucha información sobre importación, de gran ayuda)
ARANCEL
QUE ES EL ARANCEL
Un arancel es
el impuesto o gravamen que se aplica a
los bienes, que son objeto de importación o exportación. El más extendido es el
que se cobra sobre las importaciones, mientras los aranceles sobre las
exportaciones son menos corrientes, también pueden existir aranceles de
tránsito que gravan los productos que entran en un país destino a otro. Pueden
ser “ad valorem” (al valor), como un porcentaje de valor de los bienes, o
“específicos” como una cantidad determinada por unidad de peso volumen. Cuando
un buque arriba a un puerto aduanero, un oficial de aduanas inspecciona el
contenido de la carga y aplica un impuesto de acuerdo a la tasa estipulada para
el tipo de productos. Debido a que los bienes no pueden ser nacionalizados
(incorporados a la economía del territorio receptor) hasta que no sea pagado el
impuesto, es uno de los impuestos más sencillos de recaudar, y el costo de su
recaudación es bajo.
El contrabando
es la entrada, salida y venta clandestina de mercancías sin satisfacer los
correspondientes aranceles.
TIPOS DE ARANCEL
Sólo hay 3 tipos de aranceles, los ad-valorem , los específicos y los mixtos.
MIXTOS
tarifa conjunta que incluye un ad valorem con un máximo y un mínimo específico. Sólo se aplicará el específico cuando el ad valorem esté más allá del máximo o del mínimo establecido. P. E. 10%/P min 2$ kg y 5$ kg máx. Se aplicará el ad valorem y se evita que se baje el P. Si el P en el mercado internacional, aplicamos el arancel máximo. En principio ad valorem, pero si está por debajo del mínimo se aplicará el máximo y el mínimo en la situación inversa.
Se aplican cuando hay riesgo de defraudación.
Hoy normalmente los aranceles son ad valorem.
ARANCEL ESPECIFICO
(unidades monetaria por unidad de medida)
este se expresa en términos monetarios por unidad de cuenta o de medida (longitud, peso, capacidad...). en este caso, el valor real calculado o ficticio de la mercancía tiene ninguna transcendencia fiscal ,en el arancel especifico no se considera si el precio del producto es muy elevado o bajo.(este tipo de arancel no se utiliza en Guatemala por ejemplo.).
ARANCEL AD VALOREM
se emplea en la mayoría de las tarifas de importación y se expresa en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía, este impuesto de importación se calcula con base en el valor de la factura, en el cual debe determinarse conforme a las normas internacionales previstas en el acuerdo de la organización mundial del comercio (OMG antes GATT)
ARANCEL ADUANERO
lista oficial de mercancías, en la cual aquella (mercancía) están estructuradas en formas ordenadas y aparecen los derechos arancelarios (ad-valorem y/o especifico) frente a cada producto que puede ser objeto de una operación de carácter comercial.
(Tasa que se cobra como derecho de aduana a la importación o exportación de mercancías de un país.)
ARANCEL OPTIMO
El arancel óptimo es aquel arancel que maximiza el bienestar o la utilidad de un país. El argumento de este arancel se basa en la idea de que cuando un país grande establece un arancel sobre las importaciones de un determinado producto "AA", este arancel provoca una reducción de la demanda mundial y una disminución del precio mundial del bien AA. El país que importa tendrá un volumen menor de comercio pero a precios más favorables. El óptimo será el punto donde las ganancias de la mejoría de los términos de importación se igualen a las pérdidas consecuencia del menor volumen de cantidad importada. Este argumento solo es válido para países grandes, cuya demanda sea capaz de influir en el precio mundial de un producto.
El arancel óptimo representa un argumento seguro en favor de los aranceles, que provoca un empobrecimiento de los países vecinos, con lo que el peligro radica en las represalias de los demás países que podrían tomar medidas similares. A la larga esta situación no podría mejorar el bienestar económico mundial ni el individual.
ARANCELES DE REPRESALIA
Determinadas posturas están de acuerdo en que un mundo de libre comercio es la mejor solución al comercio internacional, sin embargo indican que en el estado actual de la economía, mientras que haya países que limiten las importaciones o discriminen los productos extranjeros, no existe otro remedio que emplear el mismo juego para defenderse. Se estará de acuerdo con el libre comercio mientras se empleen la mismas condiciones en todos los países.
Este argumento no está bien fundamentado, cuando un país eleva sus aranceles, tiene un efecto similar a que se elevaran sus costes de transporte. Se encontraría un simil para el hecho de que si un país decidiera frenar su comercio minando sus puertos, los demás no deberían tomar la misma decisión; de igual forma si un país decide reducir su actividad económica imponiendo aranceles sobre sus importaciones, no sería sensato que los demás siguiesen ese mismo comportamiento. Los estudios históricos muestran que los aranceles de represalia suelen llevar a otros países a elevar aún más los suyos y que raras veces constituyen un arma de negociación eficaz para la reducción multilateral de los aranceles.
ARANCEL EXTERNO COMUN
En la medida en que las diferencias arancelarias entre los
países miembros de un grupo de integración pueden distorsionar la competencia
dentro del mercado ampliado, los países integrantes de la Comunidad Andina se
comprometieron a aplicar un arancel igual para las importaciones provenientes
de terceros países. De esta forma, se aplica, a partir de febrero de 1995, el
AEC que fue adoptado por Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela el 26 de
noviembre de 1994, mediante la decisión 370 de la Comisión del Acuerdo de
Cartagena.
El AEC consiste en una
estructura de tarifas arancelarias aplicables a las importaciones de productos
provenientes de países fuera de la subregión andina. Su objeto es evitar
distorsiones, unificar protecciones, perfeccionar la unión aduanera y facilitar
el funcionamiento del mercado ampliado.
El AEC tiene cuatro niveles:
5%,10%, 15%,20% y fue elaborado fundamentalmente con base en el criterio del
grado de elaboración de los productos. Conforme a este criterio, los insumos y
materias primas tienen un arancel de 5% , los productos semielaborados 10% y 15
% y los bienes de consumo final 20%. Asimismo, se utilizan dos criterios
complementarios con miras a garantizar una protección adecuada de la producción
subregional, según la existencia o no de producción subregional, ya evitar
encarecer los costos de bienes de capital y de insumos necesarios para los
procesos productivos.
Esta estructura de cuatro
niveles rige para Colombia, Ecuador y Venezuela. Bolivia tiene autorización
para aplicar a las importaciones procedentes de terceros países sus aranceles
nacionales del 5% y 10%. Por su parte, Perú puede mantener niveles de 15% y
25%, y para el Ecuador se ha establecido un régimen especial, en virtud del
cual se permite a este país mantener una diferencia de cinco puntos con los
niveles del AEC en una lista no mayor de 990 subpartidas arancelarias.
No obstante esta estructura,
los países miembros definieron un régimen de excepción, mediante listas
específicas, el cual se aplica en favor de Ecuador -con 400 subpartidas- y de
Colombia y Venezuela -con 230 subpartidas para cada uno de ellos-. El régimen
de excepciones tendrá vigencia hasta enero de 1999, cuando quedará en plena
aplicación el régimen general.
A su vez, existe una nómina que
identifica a los bienes no producidos en la subregión andina, la cual es
revisada permanentemente y cuenta con un número aproximado de dos mil
subpartidas. En el acuerdo comunitario, se establece que para estos productos
el AEC puede ser reducido al 5%, y tratándose de bienes de capital y de
materias primas, la reducción puede llevar el arancel al 0%.
El sector automotor tiene un
régimen especial con un arancel máximo del 35%. Este régimen se deriva del
convenio de complementación industrial, cuya finalidad es adoptar una política
común para promover la especialización en el sector y aprovechar el mercado
ampliado subregional. El convenio contempla una política de exportaciones, la
fijación de fechas y procedimientos para la unificación del AEC, los
porcentajes de integración regional e incorporación de partes y las condiciones
de origen para el intercambio de vehículos.
Para un grupo de productos
agropecuarios, el AEC puede rebajarse o incrementarse automáticamente con base
en los procedimientos establecidos en el Sistema andino de franjas de precios.
Por último, para un reducido grupo de productos (31 productos del sector salud,
educación y comunicación masiva) reciben tratamiento especial y conforman la
lista de aquellos que pueden diferir aun nivel de 0% el AEC.
Para eventuales revisiones al
AEC, se ha conformado un Consejo de Coordinación Arancelaria el cual evalúa las
solicitudes de modificación al AEC, teniendo en consideración los niveles de
protección, la corrección de las distorsiones que se presenten en la producción
y los compromisos comerciales comunitarios.
En la normativa andina se
considera la posibilidad de reducir o suspender temporalmente la aplicación del
AEC, cuando existan razones de insuficiencia temporal de oferta subregional o
de emergencias nacionales justificadas y por un plazo limitado y preciso.
EFECTOS DEL ARANCEL
Los efectos fundamentales que provoca un arancel a la importación, en la economía de un país son los siguientes:
- El efecto fiscal supone un incremento de la recaudación del Estado y en los productos con demandas inelásticas (demanda de productos indispensables), mayor será la recaudación fiscal, ejemplo de ello son los aranceles a la importación de la gasolina. Los recursos que se generan por esta vía cada vez tienen una menor importancia relativa, dentro de los ingresos del Estado de los países industrializados, mientras que tienen una mayor importancia cuantitativa en los ingresos de los países en vía de desarrollo.
- Disminución de las importaciones, del consumo de los productos sometidos al arancel y mejora de la posición de la balanza comercial de los países.
- Aumento del precio de los productos objeto de arancel en el mercado nacional, es por tanto negativo para el consumidor. Además de impulsar al país utilizar recursos ineficientemente sacrificando la producción y especialización en los bienes donde existen ventajas comparativas.
- Aumento de la producción nacional de bienes con arancel, La imposición de un arancel tiene dos caras, por un lado, sirve de protección al permitirle a las empresas instaladas crecer exentas de la competencia del mercado internacional, y por otro lado, un exceso de protección puede producir que el protegido elabore un producto en condiciones de ineficiencia por cuanto, esta producción se obtiene al amparo del arancel y a costes por encima de los internacionales, desviando recursos que se utilizarían para producir otros bienes con mayores ventajas competitivas.
PROTECCIÓN NO ARANCELARIA
Para defender a una economía de los posibles efectos negativos del comercio internacional se puede utilizar los aranceles y también otro tipo de barreras no arancelarias como son:
- Contingente, que consiste en una limitación del número de unidades que pueden ser importados.
- Control de cambios. Mediante la restricción de divisas y el establecimiento de tipos de cambio distintos según la mercancía que se importa.
- Subsidios a la producción. Subvencionar una producción para dificultar las importaciones.
- Impuestos sobre el consumo de bienes importados.
- Establecimiento de trabas administrativas que obstaculicen la entrada de productos extranjeros.
BARRERAS ARANCELARIAS
BARRERAS NO ARANCELARIAS
VÍDEO ARANCEL
Las barreras arancelarias son tarifas oficiales que se fijan y cobran a los importadores y exportadores en las aduanas de un país, por la entrada o salida de las mercancías. En el caso de Ecuador no se cobra ninguna tarifa para cualquier producto que sea exportado, es decir por la salida del territorio nacional.
Las barreras legales que más se utilizan son las arancelarias y tienen como fin impedir o desalentar el ingreso de determinadas mercancías y/o servicios a un país, dado por medio del establecimiento de derechos a la importación. Cuanto más alto sea el monto de los aranceles de una mercancía, más difícil será que ingresen y compitan contra la producción local en otro país, ya que ese arancel incidirá en los precios de los productos importados; elevándolos.
Se entiende por barreras no arancelarias las "leyes, regulaciones, políticas o prácticas de un país que restringen el acceso de productos importados a su mercado". Por ende, incluyen tanto normas legales como procedimientos administrativos no basados en medidas explícitas, sino en directivas informales de instituciones y gobiernos.
Los acuerdos de ordenación de mercado son restricciones voluntarias y unilaterales tomadas por países exportadores tras un proceso de negociación con los gobiernos de los países potencialmente importadores. La forma más común es la restricción al volumen a la exportación, aunque similar a las cuotas de importación, tiene unos efectos menos perniciosos, ya que el coste de la restricción se convierte en una transferencia al país exportador.
VÍDEO ARANCEL
SISTEMA ARMONIZADO DE CODIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍAS
conocido comúnmente como sistema armonizado " lenguaje del comercio internacional" es una nomenclatura de uso múltiple, que satisface necesidades inmediatas de mercancías y
permite, consecuencialmente, ubicar el nivel de gravámenes que les corresponde.
la finalidad del sistema armonizado es identificar las mercancías de importación de la forma mas exacta posible, a fin de establecer el gravamen o impuesto importación.
ejemplos de nomenclaturas.
- sistema armonizado de codificación y descripción de la mercancía.
- nomenclatura arancelaria de la comunidad andina (NANDINA).
- nomenclatura arancelaria de Colombia.
HISTORIA DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA
*origen bruselas, 1954, por medio del consejo de cooperación aduanera (CCA).
*NAB: nomenclatura arancelaria de bruselas (4 dígitos) 87.04.
*en 1980, desaparece la NAB y se crea el S.A "sistema arancelario de designación y codificación de mercancías".con sede en bruselas 6 dígitos 87.04.10.
*el grupo andino, toma esta nomenclatura (NABANDINA). y la trabaja con 8 dígitos 87.04.10.90.
*Colombia lo adopta a 10 dígitos con el decreto 3104/90, y actualmente con el decreto 4589/06.
sistema armonizado designación y clasificación de mercancías.
utilizado por mas de 100 países
es una nomenclatura de 6 dígitos, que es base para la contribución de nomenclaturas mas desagregadas:
a 8 dígitos: países andinos
a 10 dígitos: Colombia
ESTRUCTURA DEL SISTEMA ARMONIZADO
- 6 reglas generales interpretativas y notas legales.
- se compone de 21 secciones e integra a los grandes grupos con los que se puede realizar el comercio internacional.
- las secciones se sub-dividen en 98 capítulos y el orden progresivo corresponde al grado de elaboración de las mercancías, partiendo de lo mas simple hasta lo mas complejo.
- sub capítulos: en números romanos.
- los capitulo se sub-dividen en 1200 partidas y también consta de dos dígitos que se sitúan después del numero del capitulo al que pertenecen. su secuencia en orden progresivo va también de lo mas simple a lo mas complejo y de lo menos a lo mas elaborado.
- 4 dígitos.
- sub partidas (desdoblamiento de una partida) mas de 500.
- 6 a 10 dígitos.
PARTIDA
son agrupaciones de mercancías que se ajustan a la descripción delimitada del texto de la sub parida.
SUB-PARTIDA
son divisiones especificas de las mercancías que se hayan comprendidos dentro del texto de la partida.
CÓDIGO
son diez dígitos que identifican la mercancía en el arancel de aduana, y en el ámbito de los negocios internacionales, se le conoce como sub-partida o posición arancelaria.
DESIGNACIÓN DE LA MERCANCÍA
en este espacio va el nombre de la mercancía bien detallada que no haya lugar a confusiones.
GRAVAMEN
en este espacio va el porcentaje ad-valorem que pagan los productos importados.
D. IVA
es el impuesto al valor agregado y este es otra tarifa impositiva que tienen las importaciones.
NOMENCLATURA ARANCELARIA
son una enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías que son objeto de comercio internacional mediante un código numérico y una descripción de producto.
NOTA
cabe señalar que el texto arancel de aduana donde se clasifican las mercancías objetos de comercio internacional, consta de 21 sesiones de capítulos, 1200 partidas de 2 dígitos y mas 5000 sub-partida de 10 a 6 dígitos.
Arancel anti-dumping: Es un arancel que se aplica a la importación de
productos que se sabe que reciben subvenciones (subsidios) de los países donde
se producen. Subvenciones que les permiten exportar por debajo del costo
de producción.
Arancel fijo: son una cantidad exigida por cada unidad de bien
importado ejemplo: 3 dólares por barril de petróleo
CUALES SON LAS FUNCIONES ARANCELARIAS
Los derechos arancelarios correspondientes,
representan una arte adicional de ingreso para el país, por tratarse de un
impuesto a las importaciones. El derecho de aduana al proveer de ingresos fiscales,
tiene un efecto indirecto positivo en los países que enfrentan dificultades
para equilibrar su presupuesto fiscal Y para financiar mayores actividades
requeridas para el desarrollo social y económico. Este mecanismo representa una
de las formas más efectivas de obtener financiamiento fiscal. El arancel es una
fuente importante de ingresos.
Los derechos aduaneros, además de ser una fuente
de recaudación, también elevan a un justo nivel los precios de los productos
que ingresan al mercado interno, teniendo esto como consecuencia la protección
de la industria nacional y niveles de competitividad razonables. El arancel es
probablemente el instrumento más empleado como medio de protección.
FUNCIÓN SELECTIVA
Para las naciones, lo más importante es el
alcance selectivo del arancel. Se preocupan por la modificación de su
estructura industrial y evitan entorpecer el surgimiento de empresas nacionales
competitivas en los mercados internacionales
INCOTERMS
INCOTERMS
Los INCOTERMS son los términos comerciales internacionales que definen y reparten claramente las obligaciones, los gastos y los riesgos del transporte internacional y del seguro, tanto entre el importador y el exportador. Estos términos son reconocidos como estándares internacionales por las autoridades aduaneras y las cortes en todos los países.
Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las mercancías. Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere como Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la transacción, determinará quién pagará el costo de cada segmento del transporte, quién es responsable de cargar y descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la perdida en un momento dado durante el envío internacional. Incoterms también influencian el valor de la mercancía importada a través de una aduana.
Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13 Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de la base citada arriba. Todos los Incoterms actuales están descritos a continuación. Cabe decir que EXW, FOB, CIF, y DDP son los Incoterms usados más frecuentes.
CLASIFICACIÓN DE LOS INCOTERMS
TÉRMINOS Y CONDICIONES ACTUALES PARA UN NEGOCIO
Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13 Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de la base citada arriba. Todos los Incoterms actuales están descritos a continuación. Cabe decir que EXW, FOB, CIF, y DDP son los Incoterms usados más frecuentes.
CONCEPTO DE INCOTERMS
Son reglas internacionales uniformes para la interpretación de términos comerciales. Determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en un contrato de compra-venta internacional, solucionando los problemas derivados de las diversas interpretaciones que pueden darse según los países involucrados y reduciendo las incertidumbres derivadas de las múltiples legislaciones, usos y costumbres.
Carecen de toda fuerza normativa o legal, obteniendo su reconocimiento de su cotidiano y constante uso a nivel mundial, por lo que para que sean de aplicación a un contrato determinado, éste deberá especificarlo así.
Los INCOTERMS regulan:
- La distribución de documentos.
- Las condiciones de entrega de la mercancía.
- La distribución de los costes de la operación.
- La distribución de riesgos de la operación.
Pero no regulan:
- La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los INCOTERMS.
- La forma de pago de la operación.
CLASIFICACIÓN DE LOS INCOTERMS
Los INCOTERMS contienen un total de 13 posiciones o tipos de contratos diferentes y se clasifican en dos grupos:
- Grupo llegada, y
- Grupo salida.
A continuación se presenta un listado que contiene los tipos de INCOTERMS clasificados en sus grupos respectivos:
- Grupo EEXW: "Ex Works" ("En fabrica")Grupo FFCA: "Free Carrier" ("Franco transportista")FAS: "Free Alongside Ship" ("Franco al costado del buque")FOB: "Free On Board" ("Franco a bordo")Grupo CCFR: "Cost and Freight" ("Coste y flete)CIF: "Cost, Insurance and Freight" ("Coste, seguro y flete")CPT: "Carriage Paid To…" ("Transporte pagado hasta…")CIP: "Carriage and Insurance Paid to…" ("Transporte y seguro pagados hasta…")
- Grupo salida:
- Grupo llegada:
Grupo D
DAF: "Delivered At Frontier" ("Entregado en frontera")
DES: "Delivered Ex Ship" ("Entregado sobre el buque")
DEQ: "Delivered Ex Quay" ("Entregado en muelle")
DDU: "Delivered Duty Unpaid" ("Entregado sin pago de derechos")
DDP: "Delivered Duty Paid" ("Entregado con pago de derechos")
Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, regidos por la Cámara de Comercio Internacional, que determinan el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional.
Los Incoterms también se denominan cláusulas de precio, pues cada termino permite determinar los elementos que lo componen. La selección del Incoterm influye sobre el costo del contrato. El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos mas usados en el Comercio internacional.
Los Incoterms determinan:
CFR (Cost and Freight) - Costo y Flete (puerto de destino convenido)
Para el vendedor los alcances son los mismos que la cotización FOB con la única diferencia de que la empresa debe encargarse de contratar la bodega del barco y pagar el flete hasta destino.
El riesgo de pérdida o daño de las mercaderías así como cualquier coste adicional debido a eventos ocurridos después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador El término CFR exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del Vendedor.
Obligaciones del Comprador.
Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido. En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte. El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional. El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del Vendedor.
Obligaciones del Comprador.
El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido. El vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o daño de las mercaderías durante el transporte.
El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
El vendedor entrega las mercaderías al transportista designado por él pero, además, debe pagar los costos del transporte necesario para llevar las mercaderías al destino convenido.
El comprador asume todos los riesgos y con cualquier otro coste ocurridos después de que las mercaderías hayan sido así entregadas. El CPT exige que el vendedor despache las mercaderías para la exportación. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
DAF (Delivered At Frontier) - Entregadas en Frontera (lugar convenido)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar cuando ha puesto la mercancía despachada en la Aduana para la exportación en el punto y lugar convenidos de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país comprador.
Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando las mercaderías deban entregarse en una frontera terrestre. Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
Significa que el vendedor entrega las mercaderías al comprador, despachadas para la importación, y no descargadas de los medios de transporte utilizados en el lugar de destino acordado.
El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos ocasionados al llevar las mercaderías hasta aquel lugar, incluyendo los trámites aduaneros, y el pago de los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas para la importación al país de destino. Obligaciones del vendedor
Obligación del comprador
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador en el lugar convenido del país de importación y el Vendedor ha de asumir todos los gastos y riesgos relacionados con llevar la mercancía, hasta aquel lugar (excluidos derechos, impuestos y otros cargos oficiales exigibles a la importación). Así como los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
Significa que el vendedor entrega cuando se ponen las mercaderías a disposición del comprador, sin despachar para la importación, en el muelle (desembarcadero) en el puerto de destino acordado. El vendedor debe asumir los costos y riesgos ocasionados al conducir las mercaderías al puerto de destino acordado y al descargar las mercaderías en el muelle (desembarcadero). El término DEQ exige que el comprador despache las mercaderías para la importación y que pague todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas de la importación.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías de navegación interior o para el transporte multimodal
Significa que el vendedor entrega cuando se ponen las mercaderías a disposición del comprador a bordo del buque, no despachadas para la importación, en el puerto de destino acordado.
Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
Significa que el vendedor entrega cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, fábrica, almacén, etc.).
Este término representa, así, la menor obligación del vendedor, y el comprador debe asumir todos los costos y riesgos. Obligaciones del Vendedor.
Obligaciones del Comprador.
Significa que la responsabilidad del vendedor finaliza una vez que la mercadería es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de asumir todos los costos y riesgos de pérdida o daño de las mercaderías desde aquel momento.
El término FAS exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Obligaciones del Vendedor
Obligaciones del Comprador
Significa que el vendedor entrega la mercadería para la exportación al transportista propuesto por el comprador, en el lugar acordado.
El lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de las partes. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor este es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga. Este término puede emplearse en cualquier medio de transporte incluyendo el transporte multimodal. Obligaciones del vendedor.
Obligaciones del comprador
La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías desde aquel punto. El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación. Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores. Obligaciones del vendedor
Obligaciones del Comprador
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